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El procedimiento Concursal en 10 pasos

A continuación se resume en 10 puntos los pasos que componen un concurso de acreedores, para que de forma muy resumida puedas tener una idea global del procedimiento concursal.

1.- Detectada la situación de insolvencia, tras realizar un estudio previo del caso concreto debe, en su caso, solicitarse lo que se conoce como PRE-CONCURSO ante el Juzgado de lo Mercantil del domicilio social de la empresa interesada, al objeto de tratar de suspender las ejecuciones y abrir un periodo de negociación con los acreedores.

2.- Analizada (con la asesoría o responsables económicos financieros) la viabilidad de la actividad empresarial, elaboramos un plan de viabilidad y una propuesta de convenio con los acreedores,  con una quita respecto a la deuda y una espera en relación al pago, según las necesidades del caso concreto.

3.- Si la propuesta es aceptada por una mayoría cualificada de los acreedores, se homologará el convenio alcanzado con los acreedores, poniéndose fin al procedimiento.

4.- De no alcanzar acuerdo, se hará necesario instar judicialmente CONCURSO VOLUNTARIO de acreedores, tras cuya declaración se nombrará Administración Concursal, quien analizará la situación económico-financiera de la empresa, estudiará las causas que han motivado su situación de insolvencia y supervisará su gestión, informando de todo ello al Juzgado y a los acreedores.

5.- La Administración Concursal emitirá un informe para determinar los activos y los Acreedores de la empresa, en la que se conoce como fase común dándose traslado a los acreedores.

6.- Se procede a la elaboración de un nuevo plan de viabilidad y propuesta de convenio con los acreedores, con una quita respecto a la deuda y una espera en relación al pago, en la que se conoce como fase de convenio. De alcanzar acuerdo de adhesión de los acreedores se procederá a su homologación y archivo del procedimiento.

7.- De no alcanzar la adhesión de los acreedores a una propuesta de convenio se procederá a la liquidación ordenada de la empresa (fase de liquidación). El administrador concursal asumiendo el control de la empresa actuará con el objetivo de vender todos los bienes, de acuerdo a un plan de liquidación que deberá ser aprobado judicialmente para que esté garantizada la transparencia y concurrencia de licitadores, al objeto de obtener el mejor resultado económico en la venta de los activos. Con el dinero obtenido deberá liquidar las deudas conforme al orden de prelación legalmente establecido (créditos masa, privilegios, ordinarios y subordinados).

8.- El Administrador Concursal deberá hacer un informe sobre las causas del concurso y la responsabilidad de los administradores sociales en la situación de insolvencia empresarial, solicitando la calificación del concurso como fortuito o culpable. Si califica de fortuito se archivara esta sección, si lo califica de culpable se iniciará un incidente de oposición a la calificación que resolverá el Juez de conformidad con las alegaciones y la prueba practicada.

9.- El administrador concursal emitirá informe trimestral de las operaciones de liquidación practicadas y de los pagos realizados. Una vez liquidados todos los activos emitirá informe de liquidación final, es decir, procederá a una rendición de cuentas, que podrá ser impugnada por las partes.

10.- Practicada la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal y a la vista de las impugnaciones realizadas, el juzgado dictará resolución aprobando las cuentas del administrador concursal y declarando la conclusión del concurso y archivo de actuaciones.

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