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Modelo 184: Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual informativa

La información que debe recogerse en el modelo 184 son las rentas obtenidas por la entidad en régimen de atribución de rentas durante el último año.

¿En qué consiste el modelo 184?

El modelo 184 es un modelo de declaración informativa ante la Agencia Tributaria (AEAT) que deben presentar las entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividad económica en España, y sus rentas superen los 3.000 euros.

Al tratarse de una declaración de carácter informativo, no conlleva el pago de impuestos. No obstante, el incumplimiento de esta obligación llevará aparejada una sanción tributaria.

Las rentas que hayan obtenido las entidades se atribuirán después a sus socios, comuneros o herederos, de ahí precisamente su nombre. Serán éstos  quienes efectivamente tributen en función de su grado de participación.

¿Qué se declara en este modelo?

La información que debe recogerse en el modelo 184 son las rentas obtenidas por la entidad en régimen de atribución de rentas durante el último año, así como la renta atribuible a cada uno de los socios, herederos, comuneros o partícipes con especificación por fuentes de renta, es decir, distinguiendo entre rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario, rendimientos de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales.

Además, en su caso, también será necesario informar del importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y los atribuibles a cada uno de sus miembros.

Por otro lado, se recoge, de forma separada, el importe de los gastos deducibles soportados por la entidad en concepto de gastos de personal, adquisiciones a terceros de bienes y servicios, tributos fiscalmente deducibles y gastos financieros, y otros gastos fiscalmente deducibles.

Plazo y lugar de presentación. 

La Orden HFP/1106/2017, de 16 de noviembre, con el fin de homogeneizar los plazos de presentación de las declaraciones informativas anticipa los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347 al mes de enero, en el que se declarará la información referida al ejercicio anterior.

La presentación de este modelo se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12.a), c) y 13 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre en los que prevé su presentación telemática a través de Internet.

Cómo funciona el Modelo 184

El modelo 184 debe hacerse utilizando el programa de ayuda de la AEAT, lo cual generará un fichero que será cargado para su presentación a través de la página web de la AEAT.

Por tanto, deberá descargarse e instalar el programa de declaraciones informativas disponible en la página de AEAT (versión Windows, Mac y Linux). Añadir el modelo (fijarse en el código y año) a su lista de modelos: desde el menú “Agregar nuevo modelo” -> “Agregar nuevo modelo desde internet” ->.

Y una vez agregado el modelo, ya se puede proceder a su cumplimentación, lo cual suele efectuarse con el apoyo de un software fiscal que te generará un fichero con toda la información relativa que debe incluirse a este modelo para importarse directamente al mismo.

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