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La regularización de bienes de inversión

Los sujetos pasivos que se encuentran sometidos a la regla de prorrata para la liquidación del IVA, también están afectados por la obligación de regularizar la deducción practicada al adquirir sus bienes de inversión, de darse determinadas variaciones entre el porcentaje definitivo de prorrata del año de adquisición y el que le corresponda a cada año natural incluido en el período llamado de regularización.

Los sujetos pasivos que se encuentran sometidos a la regla de prorrata para la liquidación del IVA, también están afectados por la obligación de regularizar la deducción practicada al adquirir sus bienes de inversión, de darse determinadas variaciones entre el porcentaje definitivo de prorrata del año de adquisición y el que le corresponda a cada año natural incluido en el período llamado de regularización. 

Además, los sujetos pasivos obligados a regularizar sus bienes de inversión, deben cumplir determinadas obligaciones registrales.

De darse estas variaciones, el sujeto pasivo tendrá que proceder, en su autoliquidación fiscal, a rectificar en más o en menos la deducción practicada en su día por la adquisición del bien de inversión. Aquí ofrecemos un resumen con ejemplos, de la mecánica a seguir para proceder a dicha regularización, cuando ésta resulte obligatoria.  

ÍNDICE

  1. CIRCUNSTANCIAS QUE OBLIGAN A REGULARIZAR.
  2. PERÍODO DE REGULARIZACIÓN.
  3. PROCEDIMIENTO PARA REGULARIZAR.
  4. OBLIGACIONES REGISTRALES Y CONTABLES RELACIONADAS.


Guía editada en agosto 2011


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