Representación telemática Islas Baleares
1 - ¿Qué es la colaboración social en la aplicación de los tributos?
Es el marco de actuación establecido por la Ley General Tributaria que permite a los miembros de asociaciones de profesionales relacionados con el asesoramiento fiscal, poder presentar telemáticamente ante la AEAT y Administraciones autonómicas declaraciones tributarias de sus clientes y otras actuaciones tributarias.
En este marco, la Asociación Profesional de asesorías de PYMES en Asesorlex.com, tiene suscrito un Convenio de Colaboración Social con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares.
En virtud de dicho Convenio, los profesionales asociados de cuota de ASESORLEX pueden acceder a este servicio de representación telemática de clientes ante la Comunidad Autónoma de Baleares.
Requisitos de la colaboración.
La asesoría fiscal que desee ejercer como colaborador social ante esta Administración tributaria deberá cumplir los siguientes requisitos:
La asesoría fiscal que desee ejercer como colaborador social ante esta Administración tributaria deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Disponer de un certificado electrónico reconocido por la Agencia Tributaria de Islas Baleares.
A estos efectos, el emitido por la FNMT es válido. - Ostentar la debida representación suficiente de los obligados tributarios en cuyo nombre actúen, en los términos establecidos en el artículo 36 de la Ley Foral General Tributaria. Para ello, deberá acreditar la representación otorgada por cada uno de ellos en cuyo nombre actúe.
- Cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal se exigen en la normativa vigente y, en particular, en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el RGPD.
2 - ¿Qué debe hacer un profesional para acceder a este servicio de representación?
La Agencia Tributaria de Isalas Baleares (ATIB), pone a disposición de la asesoría los medios necesarios para la presentación telemática de declaraciones en representación de terceras personas a través de su sede electrónica, dentro del apartado existente para colaboradores sociales.
1º.- Acceder a la sede electrónica de la ATIB: https://sede.atib.es/cva/colaboracion-representacion
2º.- Idéntifiquarse con su certificado digital.
3º.- Una vez dentro, hacer clic en la opción "Nueva representación o autorización": https://sede.atib.es/cva/colaboracion-representacion/representaciones/alta
4º.- Seleccionar la opción "Alta de autorización de representación para la presentación de autoliquidaciones, declaraciones y comunicaciones".
5º.- Rellenar los datos del representante (la asesoría o persona que ejerza como colaborador social), y del representado (el tercero a cuyo nombre se actúa), así como adjuntar el formulario de representación firmado.