Facultades y prerrogativas de la Inspección

La inspección tributaria, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, cuenta con un conjunto de facultades mediante las que se dota a los órganos inspectores de los medios suficientes para investigar y comprobar la situación tributaria de los obligados tributarios.
- 7.1. Documentos que pueden ser examinados.
- 7.2. ¿Puede solicitar la Inspección documentos de períodos en los que ha prescrito el derecho a determinar la deuda tributaria?.
- 7.3. Lugar de realización del examen.
- 7.4. Forma de realización del examen.
- 7.5. Plazo de aportación.
- 9.1. ¿Quién debe atender a la Inspección?.
- 9.2. Lugares en los que la Inspección está facultada para entrar.
- 9.2.1. Locales y establecimientos que no constituyan un domicilio constitucionalmente protegido.
- 9.2.2. Domicilios constitucionalmente protegidos.
- 9.3. Forma de acceso.
- 9.3.1. Domicilios que no están constitucionalmente protegidos.
- 9.3.2. Domicilios constitucionalmente protegidos.
- 9.4. Jurisprudencia más relevante sobre la entrada en domicilio.
MUESTRA DEL CURSO
Otros contenidos relacionados:
- Prohibición de excesividad de las actuaciones inspectoras.
- Dilaciones imputables al contribuyente en una inspección.
- Ampliación de las actuaciones de Inspección tributaria.
- ¿Tiene derecho el inspeccionado a ser informado del motivo por el que se le inicia una inspección?
- Facultades y prerrogativas de la Inspección.
- No todas las diligencias de la inspección interrumpen el plazo. máximo de 6 meses de inactividad inspectora.
- El procedimiento de Inspección.
- Procedimientos tributarios.
Profesorado:
Dra. Dña. Elvira Consuelo Martínez Giménez
Dra. Dña. Marta Marcos Cardona
Dra. Dña. Mª del Mar de la Peña Amoróso
Profesoras de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Murcia
Duración: 25 minutos aprox.
Precio: Gratuito
Edición: Junio 2013
Contenidos
Contenido gratuito para asesores fiscales
Suscríbete a nuestros boletines y recibe este contenido en PDF en tu email
0 Comentarios