En este comentario de blog se hace un análisis de una interesante sentencia dictada por el Supremo acerca de la motivación que se ha de contener en los distintos actos dictados por la Administración a efectos de su validez.
la Administración interpreta que en supuestos de aplazamiento y fraccionamiento de pago en periodo ejecutivo siempre corresponderá exigir el recargo del 20 %, independientemente de en qué momento se haya solicitado.
El origen de la controversia parte de la valoración de un inmueble por la Administración y un tercer perito llevada a cabo en un procedimiento de Tasación Pericial Contradictoria.
Plazo del que dispone la Administración para llevar a cabo nuevas actuaciones de comprobación tras retroacción de las actuaciones previas anuladas. Posibilidad de caducidad del nuevo procedimiento que se lleve a cabo.
Análisis de la Sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, sección 2ª, de 14 de mayo de 2015, sobre la motivación exigible a un dictámen pericial llevado a cabo en el curso de un procedimiento de Tasación Pericial