Sólo para asesores

Recibe nuestros boletines y contenidos de interés para asesorías de pymes

Acepto las condiciones del "aviso legal".

Guías jurídicas para asesores fiscales

Régimen de estimación directa

Son rendimientos íntegros de actividades económicas aquéllos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

En esta Guía, en primer lugar, tratamos de concretar de forma resumida el concepto de actividad económica, en su doble vertiente de actividad empresarial y de actividad profesional. Así como su diferenciación de otras fuentes de rendimientos en el I.R.P.F.

Y en segundo lugar, se describen resumidamente las características más esenciales del régimen de estimación directa de bases imponibles procedentes de actividades económicas.

ÍNDICE

  1. CONCEPTO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL I.R.P.F.
    1. ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y ACTIVIDAD PROFESIONAL.
    2. EL CRITERIO DE AFECTACIÓN A LA ACTIVIDAD: ELEMENTO AFECTO.
  2. MÉTODOS DE DETERMINACIÓN DEL RENDIMIENTO NETO.
    1. LA ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL.
    2. LA ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA.


Desde Asesorlex ponemos a disposición de tu asesoría un gabinete jurídico

0 Comentarios

Deja tu comentario

Para comentar nuestros contenidos debes registrarte en nuestra Web.

Registro usuarios Iniciar Sesión